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1. Ámbito de aplicación
1.1 Estas Condiciones Comerciales se aplicarán a todo acuerdo sobre servicios de traducción que se celebre entre el traductor jurado y el cliente, inclusive cualesquiera otros servicios y servicios adicionales, salvo pacto expreso por escrito en otro sentido.
2. Oferta y aceptación
2.1 Para que el traductor jurado pueda elaborar un presupuesto, el cliente deberá presentar una versión bien elaborada del texto a traducir, describiendo también la finalidad de la traducción y su grupo objetivo. 2.2 Para que el traductor jurado pueda elaborar un presupuesto, el cliente deberá, además, facilitar toda información de importancia para la realización del trabajo, inclusive (a) una especificación de la forma de entrega (formato electrónico, versión impresa, disquete u otro formato) y (b) información sobre requisitos especiales de seguridad relativos a la forma de guardar el texto original y la traducción.
2.3 Si el cliente exige la aplicación de programas informáticos que no sean de uso corriente entre los traductores jurados, el cliente pondrá a disposición tales programas mientras dure el trabajo de traducción.
2.4 El presupuesto podrá elaborarse una vez examinado el texto completo, e incluirá la primera corrección de pruebas.
2.5 El precio cotizado por el traductor jurado estará vigente por un período de 30 días a partir de su envío, quedando sin compromiso para el traductor una vez transcurrido dicho lapso de tiempo. La oferta hecha por el traductor jurado se considerará aceptada por el cliente, cuando obre en poder del traductor jurado una aceptación escrita de la misma.
2.6 El acuerdo celebrado entre las partes junto con las condiciones comerciales del traductor jurado regulará las condiciones contractuales entre las partes. Toda modificación posterior, inclusive las adiciones y anexos, requerirá la aceptación expresa por escrito del traductor jurado.
3. Honorarios
3.1 Salvo otro acuerdo escrito, los honorarios del traductor jurado se calcularán a base del texto traducido. Siempre que sea posible, el cómputo se hará electrónicamente mediante un programa informático reconocido. Para los pedidos que requieran trabajo fuera del horario normal (de las 9 a las 17 horas) se cobrará un suplemento de hasta un 100%.
4. Pago
4.1 Salvo otro acuerdo escrito, los honorarios del traductor jurado vencerán para su pago neto al contado en el momento de la entrega de la traducción al cliente.
4.2 Si el pago no se efectuara a tiempo, el traductor jurado podrá, previa reclamación por escrito, agregar un interés del 1% mensual sobre el importe vencido a partir de la fecha de vencimiento y hasta que el pago se haga efectivo.
5. Propiedad intelectual
5.1 Conforme a las disposiciones de la Ley danesa sobre la Propiedad Intelectual, el traductor jurado ostentará la propiedad intelectual de su traducción. La traducción entregada sólo podrá usarse en la medida acordada, debiendo acordarse por separado otros usos de la misma.
5.2 De acuerdo con la buena práctica deberá figurar el nombre del traductor jurado en la traducción de publicaciones mayores, ver el art. 3°, párrafo 1° de la Ley danesa sobre la Propiedad Intelectual.
5.3 Salvo acuerdo en otro sentido, se deberá indicar el nombre del traductor en la carátula o el colofón cuando la traducción se publique en libros, revistas, folletos o manuales.
5.4 Conforme a lo dispuesto en el art. 3°, punto 1° de la Ley danesa sobre la Propiedad Intelectual, el cliente no podrá hacer modificaciones ni introducir adiciones en la traducción sin previa aprobación del traductor. Esta disposición también se aplicará a los titulares y textos para fotos e ilustraciones.
6. Secreto profesional 6.1 El traductor jurado guardará secreto profesional respecto a toda información que llegue a su conocimiento durante la realización del trabajo, a no ser que se trate de información de acceso público.
6.2 El secreto profesional no será de aplicación cuando el traductor jurado esté legalmente obligado a prestar declaración.
7. Las obligaciones del cliente durante la realización del trabajo
7.1 En la medida de lo posible, el cliente deberá entregar al traductor jurado todo material adicional que sea necesario para la realización del trabajo.
7.2 Para facilitar el trabajo de traducción, el cliente deberá indicar al traductor jurado el nombre de una o varias personas que puedan ser contactados en caso de dudas sobre la formulación del texto y/o su contenido técnico.
8. Anulación del pedido
8.1 En caso de anulación de un trabajo de traducción escrita antes de iniciarse el trabajo, deberá pagarse un recargo mínimo de anulación del 25%. Si se ha iniciado el trabajo, el traductor jurado cobrará, además, honorarios por el trabajo ya realizado o por el tiempo empleado en la preparación del mismo. En su caso, la traducción ya realizada se entregará al cliente en su forma actual sin responsabilidad por parte del traductor jurado.
9. Las responsabilidades del traductor jurado por vicios y defectos
9.1 Si se comprobaran defectos en la traducción, éstos deberán notificarse sin demora al traductor jurado, y en todo caso en el plazo máximo de 5 años a contar desde la entrega de la traducción al cliente.
9.2 La responsabilidad del traductor jurado por vicios y defectos se extinguirá definitivamente a los cinco años desde la entrega de la traducción al cliente.
9.3 La responsabilidad del traductor jurado no podrá en ningún momento superar el importe máximo del seguro de responsabilidad profesional del traductor jurado o extenderse más allá de la responsabilidad cubierta por dicho seguro.
10. Fuerza mayor y retraso
10.1 Si el traductor no pudiera cumplir sus obligaciones debido a circunstancias ajenas a su control, tales como conflictos laborales, irregularidades de marcha, incendios, daños causados por agua y otras circunstancias similares de fuerza mayor, se suspenderá la obligación del traductor jurado durante el período en que perdure tal situación.
10.2 Corresponderá al traductor jurado informar de inmediato al cliente sobre tales circunstancias, indicando además el tiempo estimado de su duración.
10.3 El intérprete no asumirá ninguna responsabilidad civil por retrasos.
11. Jurisdicción competente y leyes aplicables
11.1 Los tribunales daneses constituirán la autoridad jurisdiccional competente para resolver toda controversia que surgiera directa o indirectamente del presente Contrato.
11.2 Para estas Condiciones Comerciales y las relaciones jurídicas entre el traductor jurado y el cliente será de aplicación la legislación danesa.
12. Nulidad parcial
En el supuesto de que sea nula o se anule posteriormente una disposición de estas Condiciones Comerciales o una disposición contenida en otros acuerdos, no se afectará la validez de todas las demás disposiciones. Las partes se comprometerán a sustituir una posible disposición nula por un acuerdo legal que en su contenido económico se aproxime lo más posible a la disposición nula.
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Danske Translatører
| c/o Fokus Translatørerne, Nørregade 15, 4., 1165 København K.
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